📌 La clave en una frase: si el inmueble satisface la necesidad permanente de vivienda del inquilino, es vivienda habitual y se aplica la LAU con todas sus protecciones —aunque el contrato diga «temporada» en su encabezado—.


1. El supuesto típico: la «temporada» que dura años

1. Subida de renta por encima del límite legal

Incrementos fijos amparados en supuestas obras de mejora que no cumplen los requisitos del art. 19 LAU: este precepto exige que hayan transcurrido cinco años de contrato —siete si el arrendador es persona jurídica— para poder repercutir mejoras en la renta.

2. Traslado de gastos al inquilino

Gastos y servicios que venía asumiendo la propiedad se trasladan al arrendatario en la renovación, lo que opera como una subida encubierta que se suma a la anterior. El art. 20.2 LAU limita expresamente este tipo de incrementos.

3. Fianza superior a la legal

Al calificarse el contrato como de temporada, se reclaman dos mensualidades de fianza. Si el arrendamiento es en realidad de vivienda habitual, el art. 36 LAU fija una sola mensualidad, y la diferencia resulta indebida.


2. La diferencia jurídica: temporada vs vivienda habitual

Vivienda habitual

Art. 2 LAU

  • Satisface la necesidad permanente de vivienda
  • Duración mínima: prórrogas hasta 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica)
  • Límites legales a la renta y su actualización
  • Fianza: 1 mensualidad
  • Normas imperativas: lo pactado en contra es nulo
Temporada

Art. 3 LAU (uso distinto)

  • Uso transitorio, provisional, por causa concreta (trabajo temporal, estudios, vacaciones)
  • Duración: la pactada, sin prórrogas obligatorias
  • Libertad de pactos sobre la renta
  • Fianza: 2 mensualidades
  • Normas dispositivas: rige lo pactado
Art. 2.1 LAU · Definición de arrendamiento de vivienda

«Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.»


3. Los indicios que delatan una vivienda habitual encubierta

Señales de vivienda habitual encubierta

  • El contrato no especifica la temporada no dice si es verano, invierno, curso académico… ni la causa concreta del carácter temporal.
  • Duración superior a 12 meses o encadenamiento de prórrogas sucesivas con los mismos inquilinos.
  • Hijos escolarizados en la zona uno de los indicios de arraigo más potentes.
  • Empadronamiento en el inmueble si los inquilinos están empadronados, difícilmente es «transitorio».
  • Centro de vida y trabajo la actividad laboral, social y personal se desarrolla desde la vivienda.
  • Ausencia de otro domicilio habitual el inquilino no tiene otra residencia principal a la que regresar.
  • Suministros contratados de forma estable luz, agua, internet a nombre del inquilino con carácter permanente.

📌 Ninguno de estos indicios por sí solo es decisivo, pero su suma construye la prueba. En la práctica, la escolarización de los hijos en la zona, una duración real superior al año y la ausencia de otro domicilio habitual suelen ser los elementos de mayor peso.


4. Qué cambia según la calificación

AspectoTemporadaVivienda habitual
Duración garantizadaLa pactadaHasta 5-7 años
Prórroga obligatoriaNo
Límite a la rentaLibreÍndice IRAV / zonas tensionadas
Fianza2 mensualidades1 mensualidad
Repercusión de gastosLibre pactoLimitada (art. 20 LAU)

5. Jurisprudencia: los tribunales miran la realidad

SAP Málaga 1044/2022 · Criterio de distinción

«Jurisprudencialmente, la diferencia básica entre arrendamiento de temporada con libertad de pactos, y arrendamiento de vivienda sometido a las disposiciones de la LAU, estriba, no en que resida en el inmueble la familia, sino en que esta residencia lo sea de modo transitorio, provisorio y no permanente.»


6. Novedades 2025-2026: la reforma de la LAU

Índice IRAV (desde 2025)

Los contratos firmados tras la Ley de Vivienda actualizan renta con el nuevo Índice de Referencia para la Actualización de los contratos de alquiler (IRAV), que sustituye al IPC en la mayoría de contratos de vivienda y limita las subidas.

Sanciones por cláusulas fraudulentas

El Decreto-ley 1/2025 introdujo sanciones de hasta 90.000 euros por incluir en contratos cláusulas que eludan los topes de precio en zonas tensionadas y por el uso fraudulento del alquiler de temporada para evitar las prórrogas.

Obligación de justificar la temporalidad

La tendencia legislativa —ya en vigor en comunidades como Cataluña— exige justificar documentalmente la causa del carácter temporal. Si no se acredita, o se encadenan contratos temporales con las mismas personas, el contrato pasa automáticamente a vivienda habitual con los plazos de 5 o 7 años.


7. Cómo defender tus derechos

Si eres inquilino y crees que tu «temporada» es vivienda habitual

  • Reúne pruebas de arraigo empadronamiento, matrículas escolares, contratos de suministros, justificantes de que es tu centro de vida.
  • Revisa las cláusulas de renta y fianza si superan los límites de la LAU para vivienda habitual, hay indicio de irregularidad.
  • No firmes prórrogas abusivas sin asesoramiento firmar puede complicar tu posición. Consulta antes.
  • Envía un requerimiento formal por burofax, dejando constancia de tu posición y solicitando la recalificación y la devolución de lo cobrado de más.

⚖️ La vía de la negociación previa. Antes de acudir a los tribunales, la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, fomenta los medios adecuados de solución de controversias. Un requerimiento bien fundado abre la negociación y, además, la falta de participación de la otra parte puede tener consecuencias en las costas de un futuro pleito.


Preguntas frecuentes

Mi contrato dice «alquiler de temporada» pero llevo años viviendo aquí. ¿Es legal?
La denominación del contrato no determina su naturaleza. Si el inmueble es tu vivienda habitual y satisface tu necesidad permanente de residencia (vives todo el año, tus hijos están escolarizados, es tu centro de vida), la ley lo considera arrendamiento de vivienda con independencia de lo que diga el papel. Podrías tener derecho a las prórrogas legales y a los límites de renta de la LAU. Cada caso requiere análisis individualizado de las pruebas de arraigo.
¿Cuánta fianza pueden pedirme legalmente?
Para vivienda habitual, el art. 36 LAU fija una mensualidad de fianza. Para arrendamiento de temporada (uso distinto), son dos mensualidades. Si te han cobrado dos mensualidades en lo que en realidad es tu vivienda habitual, podrías reclamar la devolución de una. La fianza, además, debe depositarse en el organismo autonómico competente (en Andalucía, la Junta).
¿Pueden subirme la renta alegando obras de mejora?
Solo con límites. El art. 19 LAU permite elevar la renta por obras de mejora, pero exige que hayan transcurrido cinco años de contrato (siete si el arrendador es persona jurídica) y salvo pacto en contrario. Una subida fija impuesta por «obras» sin fecha concreta y sin cumplir estos requisitos es cuestionable. Y la actualización anual ordinaria de renta se rige por el índice IRAV, no por incrementos arbitrarios.
Soy propietario. ¿Qué riesgo corro si califico mal el contrato como temporada?
Un riesgo importante. Si un tribunal recalifica tu «contrato de temporada» como vivienda habitual, te encuentras con un arrendamiento sujeto a prórrogas obligatorias de hasta 5-7 años que no habías previsto, con límites de renta y con la fianza reducida a una mensualidad. Además, el Decreto-ley 1/2025 prevé sanciones de hasta 90.000 € por cláusulas fraudulentas en zonas tensionadas. Si el uso real es de vivienda, lo prudente es formalizarlo correctamente desde el principio.
¿Qué documentos prueban que es mi vivienda habitual?
Los más potentes: certificado de empadronamiento en el inmueble, matrículas escolares de los hijos en la zona, contratos de suministros (luz, agua, internet) a tu nombre con carácter estable, domiciliación bancaria y de nómina en esa dirección, y la ausencia de otro domicilio habitual. Cuantos más indicios de arraigo acumules, más sólida es la prueba de que resides de forma permanente y no transitoria.
¿Merece la pena pelear la recalificación del contrato?
Depende de lo que esté en juego. Si te enfrentas a un desalojo, a subidas de renta desproporcionadas o a la pérdida de estabilidad para tu familia, la recalificación puede suponer ganar aos de permanencia y ahorrar mucho dinero. Muchas veces el conflicto se resuelve en fase de negociación previa, sin llegar a juicio, con un requerimiento bien fundamentado. Lo primero es un análisis honesto de tus pruebas de arraigo y de las cláusulas del contrato.